Pablo Solano, Abogado Penalistapablosolano@abogadopenalistacr.com Siguiendo con el análisis de algunos delitos, en la serie de artículos sobre la delincuencia en la función pública, hoy abordo la figura del Peculado, regulado en el artículo 361 del Código Penal que establece: “Será reprimido con prisión de tres a doce años, el funcionario público que sustraiga o distraiga dinero o bienes cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada en razón de...Read More
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